"El Banco de España ha reinterpretado una de sus reglas regulatorias del sistema finaciero. De ahora en adelante, las instituciones finacieras, cuando uno de sus préstamos entre en mora, no tendrán que provisionar más que la difrencia entre el valor del préstamo y lo no devuelto todavía y no el 100% del préstamo. De esta manera se entiende que los beneficios pueden ser mayores y, en caso de que se trate de una sociedad anónima, los dividendos pueden incrementarse elevando a su vez la correspondendiente valoración en Bolsa ."